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Las leyes laborales más importantes en la gestión de RR.HH


Las leyes laborales son un conjunto de normas jurídicas existentes que se enmarcan  dentro de lo que se conoce como Derecho Laboral. 

En España, las principales fuentes de las leyes laborales se encuentran fundamentalmente en la Constitución, el Estatuto de los Trabajadores y los Convenios colectivos.

El Estatuto de los trabajadores,  es la norma más importante que abarca todos los aspectos concernientes a la vida de las personas trabajadoras y las empresas. Así recoge la normativa básica de nuestro ordenamiento jurídico en esta materia, regulando las principales obligaciones y derechos en la relación contractual laboral.

Por tanto, en el momento de administrar los recursos humanos de una empresa, todos los procesos que realicemos deben estar enmarcados dentro de lo que dictaminan las leyes que hemos comentado con anterioridad. 

Entre los derechos laborales más importantes, destacamos, los siguientes

  1. Salario
  2. Jornada de trabajo
  3. Días de descanso o vacaciones
  4. Derecho de conciliación a la vida laboral y familiar

  • Derecho a un salario digno y adecuado.
Debemos partir de lo estipulado en el artículo 35 de la Constitución Española, en el que se establece que todos los españoles tienen el deber de trabajar y el derecho al trabajo, a la libre elección de profesión u oficio, a la promoción a través del trabajo y a una remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su familia, sin que en ningún caso pueda hacerse discriminación por razón de sexo.
Como vemos, ya en la Constitución Española de 1978, se destaca que el derecho al trabajo debe ser retribuido con una remuneración suficiente para satisfacer las necesidades de la persona trabajadora y las de su familia.
Debemos destacar en este apartado, la publicación del Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres.
Así la equiparación salarial, significa que todas las personas trabajadoras que realizan labores similares, deben percibir la misma remuneración, independientemente  de su género.

Es por ello que todas las personas trabajadoras tienen derecho a recibir la misma remuneración, no solo por la realización de tareas idénticas, sino también cuando realizan trabajos diferentes, pero que son considerados de igual valor
Esta distinción es crucial, porque los puestos de trabajo ocupados por mujeres y hombres pueden implicar distintas competencias, y sin embargo tener el mismo valor y por tanto, merecer la misma retribución, aunque en la mayoría de los casos, no suceda, es lo que denominamos "techo de cristal".
Este término, "techo de cristal", se refiere a la barrera que muchas veces tiene la mujer para poder ascender a nivel profesional y va ligada de igual manera, a su menor retribución en relación con sus compañeros hombres. 
Se trata de una barrera invisible, ya que no hay nada estipulado a nivel legal,  sin embargo, es una realidad.
Por tanto, es un derecho reconocido y tal vez, de los más importantes dentro del ámbito laboral.
  • Derecho de conciliación a la vida laboral y familiar.
La  conciliación de la vida laboral y familiar implica la igualdad de oportunidades para todas las personas trabajadoras. 
Así, desde la entrada en vigor del Real Decreto- Ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para la garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación, fue modificado el artículo 34.8 del Estatuto de los Trabajadores, en el sentido que a partir de la modificación se reconoce el derecho de las personas trabajadoras a solicitar la adaptación de la duración y distribución de la jornada de trabajo, en la ordenación del tiempo de trabajo y en la forma de prestación, incluida la prestación de su trabajo a distancia, para hacer efectivo su derecho a la conciliación de la vida laboral y familiar.
Esto implica, que toda persona trabajadora tiene el derecho a disfrutar de su vida familiar y la misma, debe ser compatible con su labor profesional.

  • ¿Derecho a vacaciones?
El derecho a vacaciones se regula en el artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores. De igual forma, se debe tener en cuenta lo establecido en el Convenio colectivo de aplicación.

El periodo de vacaciones anuales retribuidas, no sustituible por compensación económica, será el pactado en convenio colectivo o contrato individual. En ningún caso la duración será inferior a treinta días naturales.

El periodo de disfrute se fijará de común acuerdo entre el empresario y la persona trabajadora, en atención a la planificación anual de las vacaciones. El calendario laboral será determinado por cada empresa. 

La persona trabajadora tendrá derecho a conocer las fechas que le corresponden con dos meses de antelación al comienzo de disfrute de las mismas.

  • ¿Qué saber sobre la jornada de trabajo y el control horario?
Una de las leyes de mayor repercusión en la gestión de los Recursos Humanos en relación a la jornada laboral y el control horario que realizan las empresas, es la aprobación del Real Decreto-ley 8/2019 de 8 de marzo, de Medidas de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo.

Así, la modificación más importante que establece esta norma, es la obligatoriedad de llevar a cabo un control horario de las personas trabajadoras en sus centros de trabajo.

En España, es obligatorio el control horario de las personas trabajadoras desde mayo de 2019. Esta obligación implica que todas las empresas, deben registrar y guardar el registro de horarios de sus trabajadores, al menos, cuatro años.

Asimismo, se establecen distintas sanciones derivadas del incumplimiento de la transgresión de esta normativa y el abuso de los límites legales respecto a la jornada de trabajo, horas extraordinarias o el régimen de descansos.

En definitiva, como vemos es fundamental conocer nuestros derechos laborales, para poder reclamarlos y disfrutarlos.

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